Visualiza tu futuro
Piensa cómo quieres vivir esa etapa: con libertad, tranquilidad y los recursos para disfrutarla sin preocupaciones.
Plan Personal para el Retiro
Construye un patrimonio paso a paso para disfrutar el futuro con tranquilidad, independencia y la confianza de saber que tú y tu familia cuentan con un respaldo.

Planear no es predecir el futuro; es prepararte para vivirlo con mayor tranquilidad.
Cómo comenzar
Piensa cómo quieres vivir esa etapa: con libertad, tranquilidad y los recursos para disfrutarla sin preocupaciones.
Define el tiempo, la meta y la aportación que mejor se adapte a tus posibilidades y objetivos.
Mantén el rumbo con constancia y revisa periódicamente tu avance para acercarte cada vez más a la vida que deseas.
Preguntas frecuentes
Conoce las respuestas a las dudas más comunes sobre un Plan Personal para el Retiro. Si deseas una estrategia diseñada para tus objetivos, con gusto podemos ayudarte.
Agenda una asesoríaSí. Si ya cuentas con una AFORE, un Plan Personal para el Retiro puede ayudarte a complementar tu ahorro y fortalecer tu patrimonio. Si trabajas por tu cuenta y no tienes una AFORE, este plan puede convertirse en una de las principales herramientas para construir tu retiro.
No existe una cantidad única. El plan se diseña considerando tu edad, el tiempo que tienes para alcanzar tu meta y la aportación que mejor se adapte a tu presupuesto.
Sí. Dependiendo del plan y de tu situación fiscal, puedes acceder a beneficios contemplados en la legislación vigente. Durante la asesoría te explicaremos cuáles aplican para ti.
Sí. Dependiendo del plan que elijas, puede incorporar un componente de protección que brinde respaldo económico a tus beneficiarios mientras construyes tu patrimonio para el retiro.
Tu siguiente paso
Agenda una videollamada para conversar sobre tus prioridades y conocer los aspectos que debes evaluar.
Agendar una videollamadaInformación general basada en la Guía del Asesor Imagina Ser de junio de 2019. Rendimientos, costos, condiciones y posibles efectos fiscales deben confirmarse con documentación oficial vigente y, cuando corresponda, con un especialista fiscal.